¿Afectado por la pérdida de las acciones del Banco Popular?

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Especialistas en procesos judiciales

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En Peraltalaw somos especialistas en procesos judiciales relacionados con el derecho bancario y financiero, con una trayectoria de más de 30 años defendiendo a empresas y particulares en litigios relacionados con cláusulas suelo, hipotecas abusivas, preferentes de bancos y productos bancarios.

Podemos reclamar el importe íntegro de las cantidades invertidas en títulos, valores, bonos del Banco Popular o productos financieros del mismo. Cualquier inversor sea minorista o empresa puede realizar esta reclamación y recuperar acciones del Banco Popular.

¿Por qué confiar en Peraltalaw?

Abogados especialistas en reclamar bonos y acciones del Banco Popular

En Peraltalaw fuimos de los primeros bufetes en España en liderar las primeras demandas y sentencias favorables en el caso de la pérdida de acciones del Banco Popular.

Disponemos  de cientos de personados en la Audiencia Nacional así como en reclamaciones civiles por bonos, obligaciones, acciones y otros productos financieros, donde ha obtenido sentencias favorables a la nulidad de estos contratos y a la devolución de las cantidades invertidas por minoristas o empresas afectados por el Banco Popular.

Además, Peraltalaw  forma parte de la Asociación Internacional Eurojuris y también lidera la plataforma nacional de afectados por el Banco Popular.

¡Y lo más importante! No serás  un número de expediente más. Te asignaremos a uno de nuestros abogados  que estudiará tu caso concreto, elaborará la mejor estrategia para ti y te guiará en todo el proceso.

Preguntas frecuentes sobre el caso

Entre los años 2012 y 2016, como consecuencia de una ampliación de capital, unos 300.000 accionistas e inversores adquirieron productos financieros, acciones, bonos y cotizaciones del Banco Popular. Al adquirirlos, la oferta que presentaban no mostraba la iliquidez del Banco, sino que se basaban en unos estados contables y financieros solventes.

Más adelante, el Banco Santander compró el Banco popular por el precio simbólico de un euro, anulando así el valor de sus acciones. De esta forma, los accionistas minoritarios del Banco Popular que invirtieron su dinero en una entidad supervisada por el Banco de España, auditada y que se consideraba «solvente», se han visto gravemente perjudicados por la pérdida de valor de sus títulos.

La devolución total de su inversión más los intereses legales del dinero.

  • Accionistas que compraron sus acciones en la ampliación de capital del 26 de mayo de 2016 o posteriormente, pero antes de que se hiciera pública la insolvencia del banco.
  • Accionistas que compraron sus acciones en la ampliación de capital, ya fuera en el Banco Popular como en otras entidades, entre el 5 de diciembre de 2012 hasta el 26 de mayo de 2016.
  • Inversores en bonos, preferentes o deuda subordinada convertibles o no en acciones.

Las acciones judiciales pueden ser penales, mediante la personación en las diligencias de la Audiencia Nacional, Contenciosa-Administrativas.

Sin embargo, la  vía judicial estrella, en cuanto a efectividad y éxito en su resolución, es la vía civil. Ya han sido emprendidas acciones en vía judicial civil e, incluso en algunos casos, ya han sido resueltas favorablemente sobre bonos, preferentes y obligaciones subordinadas convertibles o no en acciones en las que clientes han podido rescatar el importe total de su inversión.

  • Orden de compra.
  • Extracto de liquidación de compra.
  • Contrato de depósito y administración de valores.
  • Resumen del folleto informativo.
  • Tríptico informativo.
  • Resumen histórico de operaciones.
  • Documentación del producto que fue compensado por acciones (por ejemplo, obligaciones subordinadas, en su caso).

De no disponer de esta documentación habrá que ejercitar diligencias preliminares o extrajudiciales, según corresponda.

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