El Tribunal Supremo declara que una finca inmobiliaria con un contrato de arrendamiento no inscrito en el Registro de la Propiedad se vende de forma forzosa, el inquilino pierde el derecho a seguir en el inmueble. También se ha pronunciado el alto tribunal que la dación en pago como consecuencia de un concurso de acreedores es igual a una enajenación forzosa.