Respondemos a tus dudas sobre el IRPH

¿Sabes realmente que es la cláusula IRPH?

La cláusula IRPH es uno de los índices de referencia que han estado utilizando las entidades financieras a la hora del cobro de los intereses variables en los préstamos hipotecarios, oficialmente denominado tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre.
Este índice es susceptible de manipulación por las propias entidades financieras y el cual no se explicaba a los consumidores en el momento de contratar el préstamo hipotecario, ni se hacia referencia de lo perjudicial que podía resultar este el índice para el consumidor.

¿Por qué se considera que es una cláusula abusiva?

Este tipo de índice aplicado a los préstamos hipotecarios, en la mayoría de los casos no fue explicada a los consumidores que suscribían el préstamo hipotecario.
El incumplimiento del control de transparencia por parte de la entidad financiera del deber de redactar siempre cada cláusula contractual propuesta al consumidor de forma clara y comprensible.
Debería de haberse informado a los consumidores de la evolución del interés, informando y publicitando aquellas gráficas que expliquen de manera clara y comprensible al consumidor la diferencia del índice IRPH en relación al EURIBOR

¿Cómo puede reconocer la cláusula IRPH?

Para que el consumidor puede saber si es uno de los afectados por este tipo de cláusula abusiva, es tan sencillo como comprobar en su escritura de préstamo hipotecario.
El consumidor debe consultar su escritura de préstamo hipotecario localizar las cláusulas financieras en el apartado, cláusula, pacto de INTERESES ORDINARIOS (que suele encontrarse en el punto tercero, esto es algo que puede variar).
Dentro de este apartado de intereses ordinarios generalmente el primer año se aplica un interés fijo y posteriormente este tipo de interés variable más un diferencial.
La cláusula IRPH se distingue por tipo de interés oficial de referencia es “el tipo medio de los prestamos hipotecarios A MÁS DE TRES AÑOS” otro caso “el tipo medio publicado en el BOE por el Banco de España, para préstamos hipotecarios de CC.AA. A MÁS DE TRES AÑOS” estos términos tipo medio a más de tres años son la denominación que aparecerá en su escritura en caso de contener cláusula IRPH.

¿Qué documentación necesito para poder reclamarla?

En un principio con la simple escritura de préstamo hipotecario podría reclamar la nulidad de esta cláusula abusiva. Para conocer el importe cobrado indebidamente debemos de disponer de un cuadro de amortización.
De igual modo se necesitaría cualquier contrato de modificación de las condiciones del préstamo hipotecario o documento relacionado con el contrato de préstamo hipotecario suscrito con la entidad financiera.

Diferencia entre IRPH y EURIBOR

Este índice IRPH es susceptible de manipulación por parte de las entidades financieras, según diversa jurisprudencia, el índice IRPH es «influenciable» por los propios bancos, y los jueces señalan que las entidades son las que aportan los datos para que se elabore este nefasto índice, impidiendo que le afecten las fluctuaciones del mercado, a diferencia del índice EURIBOR.
Como se planteaba al Tribunal de Justicia de la Unión Europea el IRPH de las cajas de ahorros es menos ventajoso que el tipo medio del mercado interbancario europeo (EURIBOR).
El IRPH incluye las comisiones y demás gastos sobre el interés nominal, que se trata de una media simple no ponderada, que el profesional debe conocer y transmitir que debe aplicar un diferencial negativo y que los datos proporcionados no son públicos, en comparación con el habitual EURIBOR.

¿Quién puede reclamar?

 Al tratarse de una cláusula abusiva en la que se declara la nulidad de la misma, cualquier consumidor al que se le haya aplicado esta cláusula IRPH en su préstamo hipotecario sin importar que haya sido por un período o incluso quien en la actualidad haya cancelado su préstamo hipotecario.

 ¿Debe reclamar todos los intervinientes en la escritura de préstamo hipotecario?

 Como ya declara reiterada jurisprudencia cualquier comunero o copropietario puede ejercitar acciones que les corresponda en beneficio de su derecho, siempre que no se haga con la oposición claramente expresa del otro.

¿Qué ocurría una vez se declaré la nulidad de la cláusula abusiva?

Una vez se declaré la abusividad de esta cláusula el contrato de préstamo hipotecario subsiste aún con la eliminación de esta cláusula. Por lo que la entidad financiera deberá eliminarla exclusivamente esta cláusula del contrato de préstamo hipotecario.
La entidad financiera deberá recalcular el cuadro de amortización devolviendo las cantidades cobradas indebidamente.
De igual modo la entidad financiera deberá abonar los intereses que se hayan generado desde el pago de cada una de las cantidades.

¿Qué interés se aplicará en lugar del IRPH?

Las opciones que se plantearon a Europa eran que en el contrato integre la aplicación de un índice sustitutorio habitual, el EURIBOR o dejar de aplicar interés con la única obligación de devolver el capital prestado. Europa declara que el juez nacional quedará facultado para sustituir el índice por un índice legal que sea aplicable a falta de que en el propio contrato se estipulase un índice sustitutorio.
Esto dependerá de cada caso en concreto, en la gran mayoría de los casos será aplicado el índice EURIBOR, lo que si será común en todos los casos, es que el interés será menor, puesto que la abusividad de esta cláusula es un interés mayor siempre en beneficio de la entidad financiera.
Las futuras cuotas del préstamo pagada mensualmente serán inferior siendo más beneficioso para el consumidor que el IRPH aplicado.

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