Cláusula Suelo: Puedes reclamarla aunque exista sentencia firme de 2013

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Así es. La reclamación de la cláusula suelo, de los intereses anteriores a Mayo de 2013, vía revisión de sentencia firme en contra, puede que tras el dictamen del Tribunal Supremo, no sea posible. ¿Pero existen realmente otras fórmulas para que tengas derecho a reclamar todo lo que has pagado de más? Si.

En Peraltalaw Abogados, nuestra compañera, la letrada Marta Parra, de nuestro bufete jurídico con sede en Granada, nos explica en este artículo como han quedado los afectados por este último dictamen. El Tribunal Supremo ha resuelto que no es posible revisar las sentencias firmes de cláusulas suelo anteriores a la Sentencia del TJUE, que declaraba la retroactividad total de los efectos de la nulidad de esta cláusula suelo.

¿QUE PASARÁ A PARTIR DE AHORA?

Es de suponer que aquellos consumidores que hayan obtenido una sentencia favorable firme de nulidad de cláusula suelo con retroactividad parcial, es decir, con devolución de los intereses pagados indebidamente desde mayo de 2013, no pueden acogerse a la doctrina europea que establece el derecho a la devolución íntegra de las cantidades cobradas de más por los bancos.

Y esto es así porque en palabras del Alto Tribunal “Nuestro ordenamiento jurídico preserva la firmeza de las sentencias frente a modificaciones posteriores de la jurisprudencia […]Solo es posible la revisión de una sentencia civil firme en ciertos casos excepcionales cuando una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos declare que dicha sentencia ha sido dictada en violación de alguno de los derechos reconocidos en el CEDH”.

En definitiva, el Tribunal Supremo viene a decir que no se puede proyectar la jurisprudencia del TJUE hacia el pasado para conseguir anular una sentencia que ya es firme, y que no se puede pedir en estos casos que se dicte una nueva sentencia que se acomode a la jurisprudencia europea cuando se trata de un proceso que ya había finalizado por sentencia firme antes de que se dictara el fallo europeo.

Por estas razones, la demanda de revisión interpuesta no ha sido admitida a trámite por el Supremo. De forma que aquellas personas que reclamaron en su día por cláusulas suelo y obtuvieron una sentencia firme (no se puede recurrir), no tienen derecho a revisión de la sentencia firme, o sea, sin posibilidad de recurso.

Este Auto no impide la reclamación de los intereses anteriores a mayo de 2013 sino simplemente que no es posible por esa vía de la revisión de una sentencia firme y cabe otros caminos o procedimientos judiciales. Si todavía no has reclamado a tu banco, estas a tiempo de que te devuelvan todas las cantidades que te han cobrado de más. ¡La primera consulta es gratuita! Reserva ya tu cita y si quieres seguir informado, puedes seguirnos en nuestros canales sociales de Facebook y Linkedin.

Marta Parra. Grado en Derecho y Administración de Empresas.

Peraltalaw Abogados Granada

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