Afectados del Banco Popular

Caso del Banco Popular Breve síntesis histórica

Síntesis del proceso de amortización de acciones y otros títulos, y su posterior venta del BANCO POPULAR, por la suma de un euro, al BANCO DE SANTANDER, tras ser declarado inviable por la Junta única de Resolución la situación financiera del banco. Nos parece apropiado, destacar las siguientes fechas:

Afectados por el Banco Popular Cronologia

El 14 de noviembre de 2012 el Banco Popular comenzó con la primera de las dos macro ampliaciones realizadas en estos últimos años.

El Banco intentó demostrar fortaleza con la compra del Banco Pastor (ver hecho relevante de 18/11/2011), operación que con el paso de los años se demostró muy perjudicial para los intereses del banco, y por tanto de sus accionistas. Sin embargo, en menos de un año después los test de estrés, encargados a Oliver Wyman para calibrar la solvencia de las entidades financieras, pusieron de manifiesto que POPULAR tenía necesidades financieras. Concretamente estimaron que el banco debía fortalecer su capital en 3.223 millones de euros. Para evitar la intervención pública, se decidió emitir acciones nuevas por valor de 2.500 millones de euros que aportaron accionistas y clientes del propio banco. El banco y las autoridades públicas responsables quitaron importancia a este hecho y manifestaron que la situación del Banco era viable y solvente.

26 de mayo de 2016. Nueva Ampliación de Capital.

Comunicación a la CNMV, como hecho relevante del acuerdo adoptado el 25 de mayo de 2016, por su Consejo de Administración, de la ampliación de capital social.
Folleto informativo de 25 de mayo de 2016. Se presentó con la ampliación de capital social una oferta para la adquisición de 2.004.441.153 de acciones, equivalente a 1.002.220.576,50 euros.
El Banco Popular realizó ampliación de capital por importe de 2.505 millones de euros-equivalente al 50% de lo que era su capitalización bursátil, argumentando que ello supondría la vuelta a una política de dividendo en efectivo a partir de 2017. El BANCO POPULAR anuncio que ha cubierto su ampliación de capital por valor 2.505 millones de euros, con la suscripción de 2.004 millones de nuevas acciones. Ha añadido que la demanda total ha sido de 3.401,3 millones, lo que significa que ha tenido una sobredemanda del 35,75% sobre los títulos disponibles. Desarrolla, asimismo, una intensa publicidad en prensa, radio, medios digitales y publicidad exterior procuran la rápida captación del ahorro de los inversores.

3 de abril de 2017

El Banco Popular publicó un hecho relevante, comunicando a la CNMV, reconociendo incorrecciones contables del ejercicio 2016 (pérdidas de 3.485 millones de euros, si bien justifica el hecho alegando que no existe problema al estar cubiertas por el importe obtenido en la ampliación y con el exceso de capital se consigue minimizar su impacto, argumentando que no afecta a su robustez financiera. El Banco y la auditora, por tanto, manifestaron que tal desajuste contable, no tenía impacto significativo como para justificar una reformulación de cuentas.

3 de abril de 2017

Comunicación a la CNMC como hecho relevante de información adicional sobre cuentas anuales auditadas en el que se pone de manifiesto un ajuste de 694 millones de euros en las cuentas que sirvieron de base para preparar el folleto informativo de la ampliación.

11 de mayo ce 2017

Comunicación a la CNMV como hecho relevante del desmentido público de la existencia de un riesgo de quiebra por el Banco, manifestando mantener una ratio de capital del 11.9%, por encima de las exigencia regulatorias y un patrimonio neto del Banco de 10.777 millones de euros.

7 de julio de 2017

Resolución de la Comisión Rectora del FROB de 7 de junio de 2017, por la que se acuerda adoptar las medidas necesarias para ejecutar la decisión de la Junta Única de Resolución , en sus Sesión Ejecutiva Ampliada de fecha de 7 de junio de de 2017, por la que se ha adoptado el dispositivo de resolución sobre la entidad Banco Popular Español, S. A., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento (UE) n.º 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicio de inversión en el marco de un Mecanismo único de Resolución y un Fondo Único de Resolución Reglamento (UE) n.º1093/2010. Liquidación del BANCO POPULAR, venta a BANCO SANTANDER por un 1 euro, con lo cual, como consecuencia de ello, los accionistas y bonistas pierden toda su inversión.

13 de septiembre de 2017

Banco Santander lanza los llamados bonos de fidelización para compensar a los afectados, una compensación a todas luces insuficiente y que obliga, por el contrario al cliente financiero a renunciar a ejercer acción legal contra el banco. A diferencia de lo sucedido con los accionistas, BANCO SANTANDER, no ofreció ningún tipo de medida destinada a reducir total o parcialmente la pérdida absoluta de valor de las inversiones de los tenedores de preferentes, bonos y deuda subordinada, con la única excepción de los titulares de obligaciones subordinadas procedentes de dos emisiones concretas del año 2011 a los que, como hizo con los accionistas de la ampliación de 2016, ofreció la posibilidad de suscribir los llamados Bonos Fidelización.

11 de octubre de 2018

El Comité Ejecutivo de la CNMV ha abierto expediente sancionador por infracción muy grave al BP , a los consejeros ejecutivos de la entidad, a los miembros de su comisión de auditoría y a su director financiero en el momento de los hechos, por haber suministrado al organismo información financiera con datos inexactos o no veraces en sus cuentas de 2016.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Necesita estar de acuerdo con los términos para continuar

Menú
620967453