Cláusula suelo: El decreto deja con menos protección a los afectados

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El experto abogado en cláusula suelo de Almería, Jaén, Granada y Málaga, Miguel Peralta, director de Peraltalaw Abogados

Las últimas noticias sobre la cláusula suelo generan numerosas dudas en el consumidor. Si es tu caso, y tu también estás afectado, en Peraltalaw Abogados te explicamos porqué. Tras analizarlo, la aprobación del Real Decreto disminuye la protección al consumidor, a favor de los bancos.

Nuestros compañeros especialistas en derecho mercantil, el experto abogado de cláusula suelo en Almería, Jaén y Málaga, y director de nuestro gabinete jurídico, Miguel Peralta, experto en Derecho Mercantil y Civil, argumenta las siguientes razones:

  • Baja protección. El Real Decreto-Ley 1/2017 aprobado el pasado viernes día 20 de enero bajo el titulo de “medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusula suelo” es de escasa protección al consumidor, toda vez que presenta una serie de inconvenientes o desventajas.

  • Incompatibilidad de reclamaciones. El procedimiento extrajudicial es voluntario para el consumidor, que tiene la opción de acudir al procedimiento judicial o al extrajudicial. Pero el Real Decreto presenta una incompatibilidad del procedimiento judicial y extrajudicial simultáneo. Esto impide que el consumidor usuario bancario pueda reclamar via extrajudicial, y si no esta conforme, acudir al judicial en cualquier momento o bien mantener los dos procedimientos judicial y extrajudicial al mismo tiempo y de este modo evitar el plazo de 3 meses que se ha concedido a los bancos para que paguen los intereses cobrados indebidamente, como consecuencia de la aplicación de la cláusula suelo. Moratoria en el pago, que no se establece para los bancos hacia los consumidores, a fin de que en caso de impago del préstamo hipotecario, tenga tres meses para comprobar que la reclamación del banco es ajustada a derecho, y pagar.

  • Plazo de respuesta. Si el consumidor presenta una reclamación extrajudicial tiene que esperar a que el Banco finalice expediente y se pronuncie sobre el importe que reconoce adeudar. Plazo que probablemente va a dejar que transcurra casi en su totalidad, sin perjuicio de que intente obtener un beneficio. Bien ofreciendo menos cantidad de dinero de la que corresponda, o intentando devolver ese importe mediante reducción del préstamo u otra oferta distinta en cuanto a tipo de interés, diferencial, etc, pero que en todo caso será ventajosa para el banco.

  • Reclamar o ir a juicio? Ante este procedimiento que no beneficia al consumidor, y protege a los bancos, ya que no establece un pago inmediato, ni un sistema de sanciones para el caso de incumplimiento, alargando el derecho del usuario bancario a obtener el cobro de lo pagado indebidamente. Dado que el sistema es voluntario para el consumidor, lo mas interesante para éste es esquivar la aplicación del procedimiento extrajudicial, a través de los medios que nos permite la legislación vigente.

Si aún no tienes claro si te interesa o beneficia acogerte a este nuevo procedimiento, o bien seguir adelante con la vía judicial y reclamar la totalidad de lo que has pagado de más… Pide ya tu cita previa con Peraltalaw Abogados para que podamos ayudarte! Consulta ya tu caso y calcula todo lo que has pagado de más con un abogado de cláusula suelo en Almería, Jaén o Málaga.

Miguel Peralta

Director general de Peraltalaw Abogados, experto en Derecho mercantil judicial.

 

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