La sentencia definitiva de las cláusulas suelo es inminente. El fallo del Tribunal de Justicia de la UniĂłn Europea, sobre las cláusulas suelo, es decir sobre su retroactividad total, y no sĂłlo desde el 9 de mayo de 2013, (para evitar repeticiones sobre este punto, recomiendo releer artĂculos anteriores de nuestra web). A nuestro despacho profesional, han acudido varios clientes para realizarnos diferentes consultas sobre dicho fallo, por lo que en Ă©ste artĂculo seguro que encontrarás respuesta a muchas de las cuestiones que te preocupan sobre tu hipoteca.
1) ¿A quién afecta la sentencia de Europa?
AfectarĂa a todas aquellas personas que tienen cláusula suelo en su hipoteca sin importar la entidad financiera que tengan contratada y que no hayan obtenido en un procedimiento judicial una sentencia firme respecto a dicha cláusula o hayan llegado a un acuerdo extrajudicial con la entidad.
2) Si la sentencia es positiva, ¿cuánto me tienen que devolver?
En el caso de que la sentencia sea positiva se deberĂan devolver todas las cantidades abonadas de más, desde que se firmĂł dicha hipoteca.
3) En caso de ser negativa, Âżpuedo reclamar?
Antes de responder a esta pregunta, debo de advertir que todas las sentencias que han habido respecto a cláusulas abusivas por parte del Tribunal de Justicia de la UniĂłn Europea han sido positivas para los consumidores. Es decir, si la cláusula es abusiva, su nulidad es total, y el juez no deberĂa de poder «limitar» la cantidad a devolver. Sin embargo, en el improbable caso de que Ă©sta fuese negativa, las cantidades a devolver quedarĂan limitadas a todo lo cobrado de más desde el 9 de mayo de 2013.
4) Mi entidad me está llamando proponiéndome llegar a un acuerdo, ¿qué debo hacer?
Es totalmente desaconsejable. Firmar cualquier acuerdo que no contemple la anulaciĂłn de la cláusula suelo y la devoluciĂłn total de lo cobrado de más desde el inicio del prĂ©stamo, no te interesa. En la mayorĂa de acuerdos que hemos podido analizar en Peralta Abogados suponen un grave perjuicio para el consumidor y no incluye la devoluciĂłn de cantidades cobradas de más, asĂ que en todo caso recomendamos asesorarse antes de firmar cualquier documento.
Espero que este pequeño artĂculo haya respondido a vuestras dudas sobre la futura sentencia del dĂa 21, en todo caso si tenĂ©is cualquier tipo de duda o pregunta que hacer, podĂ©is hacerlo tanto desde nuestra página de facebook como presencialmente. Nuestra primera consulta es gratuitara ti.
Alejandro MarĂa Sánchez Arredondo
Derecho Civil e Hipotecario en Peraltalaw
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