La sentencia definitiva de las cláusulas suelo

La sentencia definitiva de las cláusulas suelo es inminente. El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre las cláusulas suelo, es decir sobre su retroactividad total, y no sólo desde el 9 de mayo de 2013, (para evitar repeticiones sobre este punto, recomiendo releer artículos anteriores de nuestra web). A nuestro despacho profesional, han acudido varios clientes para realizarnos diferentes consultas sobre dicho fallo, por lo que en éste artículo seguro que encontrarás respuesta a muchas de las cuestiones que te preocupan sobre tu hipoteca.

1) ¿A quién afecta la sentencia de Europa?

Afectaría a todas aquellas personas que tienen cláusula suelo en su hipoteca sin importar la entidad financiera que tengan contratada y que no hayan obtenido en un procedimiento judicial una sentencia firme respecto a dicha cláusula o hayan llegado a un acuerdo extrajudicial con la entidad.

2) Si la sentencia es positiva, ¿cuánto me tienen que devolver?

En el caso de que la sentencia sea positiva se deberían devolver todas las cantidades abonadas de más, desde que se firmó dicha hipoteca.

3) En caso de ser negativa, ¿puedo reclamar?

Antes de responder a esta pregunta, debo de advertir que todas las sentencias que han habido respecto a cláusulas abusivas por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea han sido positivas para los consumidores. Es decir, si la cláusula es abusiva, su nulidad es total, y el juez no debería de poder “limitar” la cantidad a devolver. Sin embargo, en el improbable caso de que ésta fuese negativa, las cantidades a devolver quedarían limitadas a todo lo cobrado de más desde el 9 de mayo de 2013.

4) Mi entidad me está llamando proponiéndome llegar a un acuerdo, ¿qué debo hacer?

Es totalmente desaconsejable. Firmar cualquier acuerdo que no contemple la anulación de la cláusula suelo y la devolución total de lo cobrado de más desde el inicio del préstamo, no te interesa. En la mayoría de acuerdos que hemos podido analizar en Peralta Abogados suponen un grave perjuicio para el consumidor y no incluye la devolución de cantidades cobradas de más, así que en todo caso recomendamos asesorarse antes de firmar cualquier documento.

Espero que este pequeño artículo haya respondido a vuestras dudas sobre la futura sentencia del día 21, en todo caso si tenéis cualquier tipo de duda o pregunta que hacer, podéis hacerlo tanto desde nuestra página de facebook como presencialmente. Nuestra primera consulta es gratuitara ti.

Alejandro María Sánchez Arredondo
Derecho Civil e Hipotecario en Peraltalaw

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Necesita estar de acuerdo con los términos para continuar

Menú
620967453