Evita caer en los errores del decreto de la Cláusula Suelo

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Tienes o has tenido cláusula suelo en tu hipoteca y no sabes cómo acogerte al decreto de la cláusula suelo? Sigue leyendo. La abogada Ana María Peralta detalla en este artículo cuál es la realidad actual y cómo debes actuar ante tu banco. Conoce los errores del decreto de la cláusula suelo.

El Real Decreto de la Cláusula Suelo contiene errores que pueden dejar desprotegidos a los afectados. Se esperaba que la regulación por el Gobierno de un procedimiento extrajudicial para reclamar las cantidades pagadas por la aplicación de cláusulas suelo iba a ser un procedimiento más cercano a la mediación, y por tanto un procedimiento que estuviera vigilado por la propia Administración de Justicia, y no en manos de la banca, como así ha ocurrido.

Bajo nuestro punto de vista, y según los casos que atendemos en el gabinete, a nuestro juicio el gobierno ha perdido una buena oportunidad para posicionarse al lado de los consumidores. Como así lo hicieran las sentencias de Justicia de la Unión Europea de 9 de Mayo de 2013 y la última de 21 de Diciembre de 2016, sobre retroactividad total de la cláusula suelo.

Se supone que el objetivo del decreto es evitar la saturación de la Administración de Justicia, y para ello se “idea” un procedimiento extrajudicial que beneficia sin duda a la banca, en tanto en cuanto dilata, en perjuicio del consumidor, el procedimiento para su reclamación, otorgando tiempo y “poder” a los bancos para atender sus reclamaciones. Pese a estar reconocidas como cláusulas abusivas. Lo que consideramos errores del decreto de la cláusula suelo.

PLAZO DE UN MES

Para ello se establece que las entidades bancarias en el plazo de un mes deben implantar un sistema de reclamación. El cual tendrá carácter voluntario para el consumidor, que tendrá que esperarse tres meses a fin de que la entidad bancaria conteste, afirmativa o negativamente, o simplemente no conteste, para interponer la demanda judicial pertinente. Como consecuencia, se dilata el procedimiento en perjuicio claro del consumidor.

Por otra parte, se ha perdido una buena oportunidad para imponer sanciones a las entidades ante posibles incumplimientos. No se ha regulado con más intensidad cuestiones como acordar medidas compensatorias entre las partes distintas del pago en efectivo, ante el que siempre el consumidor se va a encontrar más desprotegido ante posibles abusos de la entidad, y que harán que sea más ventajoso para el usuario acudir al asesoramiento de profesionales.

En nuestra firma, por los casos que nos llegan desde años, sabemos que todo esto es farragoso de entender. Si tienes dudas, y quieres conocer cuál es la mejor opción para tu caso, contacta con nosotros. Nos comprometemos contigo, a reclamar con certeza todo lo que hayas pagado de más. En Jaén, Almería, o Málaga puedes solicitar una cita con nuestro equipo de abogados especializados.

Ana María Peralta

Abogada Peraltalaw Abogados

 

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